La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dio luz verde para que en los procedimientos de adopción los jueces puedan ordenar, como medida cautelar, la expedición de un acta de nacimiento provisional a menores de edad, lo que evitará que sean víctimas de trata de personas o se les restrinjan derechos, entre ellos, la educación. “El acta de nacimiento es mucho más que un documento, es la llave para garantizar el interés superior de las personas menores de edad, ya que constituye el fundamento jurídico de su derecho no tan sólo a la identidad, sino como aquí lo ha señalado también el ministro Giovanni (Figueroa Mejía), es acceso a servicios vitales como es la salud, la seguridad social, la educación básica, formalizar su existencia legal. En tanto, Espinosa Betanzo dijo que avalar el proyecto podría contravenir lo dispuesto en el artículo 131 de la Ley de Amparo, en cuyo segundo párrafo se prevé que en ningún caso el otorgamiento de la medida cautelar podrá tener por efecto modificar o restringir derechos, ni constituir aquellos que no haya tenido la persona quejosa antes de la presentación de la demanda.
Author: Rubén Mosso
Published at: 2026-02-04 20:11:20
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