El pasado 8 de abril, el CED activó el procedimiento del Artículo 34 de la Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas, para analizar las desapariciones en México y si la situación requiere que el caso sea atraído por la Asamblea General de la ONU. La desaparición forzada es un término para nombrar todo secuestro, detención o cualquier forma de privación de la libertad no reconocida o no registrada, por parte de agentes del Estado o personas servidoras públicas (policías, militares y marinos u otras autoridades), o a manos de grupos que actúan sin autorización pero con aprobación del Estado (Gobierno), como los grupos paramilitares, según la convención de la ONU. En 2023, el CED de la ONU destacó que el Estado Mexicano debe garantizar la investigación inmediata, imparcial y exhaustiva ante los miles de casos de personas desaparecidas “por parte de grupos que actúan sin la autorización, el apoyo o la aquiescencia del Estado”.
Author: Redacción
Published at: 2025-04-08 21:04:05
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