En los años ochenta, la Generalidad se valió de la buena fe de las monjas de la orden de San Juan de Jerusalén para tratar de legalizar el expolio y, en virtud de una serie de acuerdos revocados con posterioridad por la Justicia, decidió quedarse con los restos del tesoro del monasterio de Sijena que permanecían en Cataluña desde 1936. 2 de Huesca de 2016 en la que se disponía: "Que estimando íntegramente la demanda ejercitada por el Letrado de la Comunidad Autónoma de Aragón, que actúa en representación y defensa del Gobierno de Aragón, y ejercita acciones procesales, previa cesión por la Comunidad de Religiosas del Real Monasterio de Sigena (sic), con la intervención al amparo del artículo 13 LEC, del Exmo. Ayuntamiento de Villanueva de Sijena, contra el Museo Nacional de Arte de Cataluña, con quien habría intervenido al amparo del artículo 13 LEC la Generalitat de Cataluña, debo condenar como condeno al Museo Nacional de Arte de Cataluña, a restituir a la Sala Capitular del Monasterio de Villanueva de Sijena (Huesca), las pinturas murales que se enumeran en el documento nº 11 de la demanda, declarando extinguido el precario detentado sobre ellas por parte de la demandada".
Author: Pablo Planas
Published at: 2025-05-28 16:50:01
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